Guía normativa de los alojamientos de turismo rural de Castilla y León: y III (régimen de funcionamiento)

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El 2 de diciembre se ha publicado en el BOE el DECRETO 75/2013, de 28 de noviembre, por el que se regulan los establecimientos de alojamiento de turismo rural en la Comunidad de Castilla y León y que entrará en vigor el 3 de marzo de de 2014. Desarrollando así el art. 34 y 35 de la ley 14/2010 de 10 de diciembre de Turismo de Castilla y León.

 

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d) Régimen de funcionamiento para hoteles rurales, posadas y casas rurales:

PRESTACION DE SERVICIOS:

Camas supletorias: se puede poner una cuando la superficie de la habitación exceda el 25% de la mínima exigida  y dos cuando supere el 50%. El número de camas supletorias no puede superar al 50% de las camas fijas.

Limpieza:

  • se debe garantizar el cambio de ropa de cama y baño a la entrada de nuevos turistas
  • en hoteles rurales y posadas: se efectuará el cambio de ropa mínimo cada tres días; y en casas rurales se garantizará el repuesto cuando la estancia sea superior a una semana o ante un imprevisto.
  • En hoteles rurales y posadas la limpieza de baños y habitaciones será diaria, salvo renuncia por escrito del cliente.

 

Información mínima a los turistas: en un tablón de anuncios visible en la entrada:

  • número de incripción en el Registro de Turismo de Castilla y León
  • aforo
  • listado de precios
  • medios de pago
  • información de existencia de hojas de reclamación
  • información del régimen de salida y precio si está más horas
  • si existe reglamento de régimen interno

 

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

-Los titulares pueden elaborar un Reglamento de Régimen Interno

Reservas: deben ser confirmadas o denegadas por cualquier sistema o medio que permita tener constancia de su comunicación. La confirmación debe contener como mínimo el nombre, clasificación y categoría del establecimiento, identificación del turista (y empresa intermediaria), número de habitaciones reservadas (la casa completa en  caso de casas rurales), número de personas que se alojarán, fecha de entrada y salida, servicios reservados y precio, información sobre cancelación y otras condiciones pactadas.

Anticipos: los establecimientos pueden exigir un anticipo.

Cancelación de las reservas: las condiciones se estipularán libremente entre las partes, pero el titular del alojamiento en caso de existir anticipo debe informar claramente de las penalizaciones que aplicará. Las penalizaciones no pueden aplicarse en caso de cancelación por causas de fuerza mayor debidamente acreditada, y en este caso el anticipo debe ser íntegramente devuelto.

Mantenimiento de las reservas: Si no hay anticipo la reserva se mantendrá hasta la hora acordada o hasta las 20 horas del día de entrada, salvo que el turista confirme su llegada advirtiendo posibles retrasos. Si hay anticipo se mantendrá hasta agotar el número de días que lo cubra.

Horario de comienzo y fin de alojamiento: comenzará a partir de las 14 horas del primer día contratado y terminará a las 12 horas del día  previsto para la salida, salvo para las casas rurales que el inicio del servicio será a las 16 horas. Si el turista no abandona se entiende que prolonga su estancia y debe abonar el precio de un día, pero estará condicionado a la disponibilidad de plazas.

Hoja de información: cuando se formalice la admisión se debe entregar un documento (el modelo que determine el titular o el disponible  en www.tramitacastillayleon.jcyl.es )al turista con los siguientes datos:

  • nombre, clasificación y categoría del establecimiento
  • identificación del turista
  • número o identificación de la habitación o casa (unidad de alojamiento)
  • capacidad de la habitación o casa
  • precio de la habitación o casa y de los servicios contratados
  • fecha de entrada y salida
  • horario y régimen de manutención, si se presta
  • horario de desayuno, si se presta
  • límite de horario y régimen de salida
  • instalación de cama supletoria, en su caso

Este documento, cumplimentado y firmado por el turista,  debe conservarse durante seis meses por el titular del alojamiento

Si el turista abandona  el alojamiento antes de la fecha de salida, el titular puede pedir hasta el 50% del precio total de los servicios que queden por utilizar, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada.

Precios: hay libertad de precio. En caso de contradicción entre publicidad, se aplicará el precio inferior. Los precios se expondrán en el tablón de anuncios mediante modelo el modelo que determine el titular o el disponible  en www.tramitacastillayleon.jcyl.es . Dentro del precio del alojamiento se incluyen, cuando se presten: agua fría y caliente  permanente, suministro eléctrico, recogida de basura, limpieza, ropa de cama y baño, cuna para bebés, piscina al aire libre, hamacas, toldos, sillas, columpios …, aparcamientos, depósito de equipajes, utilización de cocina y menaje en casas rurales.

Facturación: los titulares de los alojamientos deben expedir y entregar a los turistas un factura que conste: clasificación y categoría del establecimiento, servicios prestados y precios, diferenciado las tasas e impuestos, unidad de alojamiento utilizada, número de personas alojadas y fecha de entrada y salida.

Pago: la formulación de reclamaciones no exime del pago del precio contra la presentación de la factura, en efectivo o en otro medio de pago admitido por el titular del establecimiento.

-Deben existir hojas de reclamación a disposición de los turistas.

 

Celia Miravalles (abogada Agronews Castilla y León)

Para consultas on-line, telefónicas o en nuestra oficina de Valladolid (c/ San Ignacio nº 11- of 9) puedes pedir cita y presupuesto en tfo. 630 90 30 68 /  983343960,  o  en asesoria.juridica@agronewscastillayleon.com

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