¿Cuándo entra en vigor el cuaderno digital de explotación agrícola?

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El Fega ha publicado este mes de junio de 2023 unas notas aclaratorias sobre la  entrada en vigor del cuaderno digital de explotación agrícola, el conocido “cuaderno de campo, tras la reciente reforma del art 16 del Real Decreto ley 4/2023 que establece una entrada en vigor escalonada o progresiva del Cuaderno digital de Explotación Agrícola (CUE), en función del tamaño e intensificación de las explotaciones y del tipo de información a cumplimentar.

  1. a) En función del tamaño e intensificación de la explotación las explotaciones se clasifican como:

– GRANDES:  aquellas explotaciones con una superficie mayor a

*30 hectáreas de tierra de cultivo

*30 hectáreas de pastos permanentes

* 10 hectáreas de cultivos permanentes

* con mas de 5 hectáreas de regadío sobre el total de su superficie agraria.

*con alguna parcela de invernadero

. – PEQUEÑAS: el resto de las explotaciones.

  1. b) En función de la información a cumplimentar obligatoriamente en el CUE, se distinguen dos tipos de información:

– Información relativa a la PAC Se trata de la información a cumplimentar que se establece en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, relativa a las anotaciones de ecorregímenes y ayudas asociadas.

– Resto de información establecida en el Real Decreto 1054/2022 y en la Orden APA/204/2023 Tratamientos fitosanitarios y fertilización, incluyendo los aspectos relativos al plan de abonado, en los casos en los que sea obligatorio disponer del plan de abonado

. FECHAS de entrada en vigor :

EXPLOTACIONES GRANDES

– 1 de septiembre de 2023 Esta fecha coincide con el comienzo de la campaña agrícola de la PAC 2024. A partir de esa fecha, el titular de explotación solo deberá anotar en el cuaderno digital la información exigida para las ayudas de la PAC, y únicamente la relativa a la campaña 2024. Así, solo tendrá que realizar las anotaciones de los siguientes ecorregímenes, en caso de que los solicite:

▪ Tierras de cultivo de regadío: Rotación con cultivos mejorantes/Siembra directa: anotar hlas aplicaciones de fertilización.

▪ Cultivos leñosos: Cubiertas vegetales/inertes:

a)Para ambas cubiertas: anotar la fecha de establecimiento, anchura de la cubierta y la anchura libre de la proyección de copa.

  1. b) Para cubiertas vegetales: anotar el tipo de mantenimiento que realiza sobre la cubierta

. – 1 de enero de 2024 A partir de esa fecha, deberá cumplimentar el resto de información establecida en la normativa (tratamientos fitosanitarios, resto de información exigida para las ayudas de la PAC y aplicación de fertilizantes, incluyendo fertirrigación)

. – EXPLOTACIONES PEQUEÑAS

1 de septiembre de 2024

Esta fecha coincide con el comienzo de la campaña agrícola de la PAC 2025.

A partir de esa fecha, el titular de explotación solo deberá anotar en el cuaderno digital la información exigida para las ayudas de la PAC, y únicamente la relativa a la campaña 2025. Así, solo tendrá que realizar las anotaciones de los siguientes ecorregímenes, en caso de que los solicite:

▪ Tierras de cultivo de regadío: Rotación con cultivos mejorantes/Siembra directa: anotar las aplicaciones de fertilización.

▪ Cultivos leñosos: Cubiertas vegetales/inertes:

a)• Para ambas cubiertas: anotar la fecha de establecimiento, anchura de la cubierta y la anchura libre de la proyección de copa.

b)• Para cubiertas vegetales: anotar el tipo de mantenimiento que realiza sobre la cubierta.

– 1 de enero de 2025 A

partir de esa fecha, deberá cumplimentar el resto de información establecida en la normativa (tratamientos fitosanitarios, resto de información exigida para las ayudas de la PAC y aplicación de fertilizantes, incluyendo fertirrigación).

 

Acuerdo finalización arrendamiento rústico y devolución derechos PAC

 

 

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Celia Miravalles, abogado

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