El FEGA fija el importe unitario de la ayuda asociada a cultivos proteicos para la campaña 2015 en los 48,06 €/ha en el caso de proteaginosas y leguminosas mientras es de 38,14 €/ha para las oleaginosas

Agronews Castilla y León

4 de diciembre de 2015

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El Fondo Español de Garantía Agraria ha publicado las superficies determinadas para las ayudas a los cultivos protéicos en la PAC de 2015

El objetivo de esta ayuda es contribuir a la autonomía alimentaria del sector ganadero basada en los cultivos de alto contenido proteico con destino a su utilización en alimentación animal. Esta medida se desglosa a su vez en 2 sub-regímenes de ayuda, según se trate del grupo de cultivos de las proteaginosas y leguminosas por un lado, y por otro, del de oleaginosas, cada una con su correspondiente límite presupuestario tal y como queda reflejado en el Anexo II del citado Real Decreto.

Proteaginosas y leguminosas

Dentro de este grupo, tal y como establece el artículo 34.2 del Real Decreto 1075/2014, se consideran los cultivos proteicos siguientes:

  • Proteaginosas: guisante, habas, altramuz dulce;
  • Leguminosas: veza, yeros, algarrobas, titarros, almortas, alholva, alverja, alverjón, alfalfa (solo en superficies de secano), esparceta, zulla; Se admiten mezclas de veza y zulla con otros cultivos, siempre y cuando éstos no sean la especie predominante de la mezcla.

La dotación presupuestaria para la campaña 2015/2014 asciende a 21.646.000 €. El número de hectáreas que han cumplido los requisitos establecidos en el citado Real Decreto son 450.372,01 Hectáreas, según se desglosa a continuación por comunidades autónomas, lo que supone que el importe unitario de la ayuda queda fijado en 48,062489 €/Ha. Igualmente se incluye un cuadro donde se recoge, por especie y grupo de cultivo, las superficies con derecho a percibir ayuda

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Oleaginosas

Dentro de este grupo, tal y como establece el artículo 34.2 del Real Decreto 1075/2014, se consideran los cultivos proteicos siguientes: Girasol, colza, soja, camelina, cártamo.

La dotación presupuestaria para la campaña 2015/2014 asciende a 22.891.000 €. El número de hectáreas que han cumplido los requisitos establecidos en el citado Real Decreto son 730.343,52 Hectáreas, según se desglosa a continuación por comunidades autónomas. No obstante, tal y como se establece en el artículo 37 del Real Decreto 1075/2014, en el caso de las oleaginosas, la superficie máxima elegible por explotación será de 50 Ha. Teniendo en cuenta esta consideración, la superficie determinada total correspondiente a las primeras 50 Ha por explotación asciende a 600.037,27 Ha, por lo que el importe unitario de la ayuda queda fijado en 38,149296 €/Ha.

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A continuación, se incluye un cuadro donde se recoge, por especie y grupo de cultivo, las superficies con derecho a percibir ayuda:

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