COAG pide a las Administraciones que no demoren el pago de la ayuda estatal de la remolacha que será, aproximadamente, de 525 euros por hectárea en el zona norte y 283 € en la sur

Agronews Castilla y León

10 de noviembre de 2015

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La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos, COAG, solicita a las distintas administraciones que no demoren el pago estatal acoplado al cultivo de remolacha, puesto que las Comunidades Autónomas ya han hecho llegar al FEGA el dato de siembras correspondiente a la PAC 2015, por lo que dicho organismo ya puede proceder al cálculo del importe unitario de ayuda por hectárea. En base al mismo, las comunidades autómas podrían proceder al pago de la ayuda a los remolacheros a partir del 1 de diciembre con cargo a los fondos europeos.

A diferencia de años anteriores, a partir del 2015 el cálculo se efectúa en función de la superficie sembrada y no por las entregas de remolacha. En anualidades anteriores, el pago de la ayuda se retrasaba considerablemente hasta no verse finalizadas las entregas de la raíz en fábrica. Según estimaciones de COAG, y teniendo en cuenta el presupuesto estatal de 14.470.000 € disponible fijado para esta campaña para la zona norte, el importe unitario de la ayuda estará en torno a los 525 €/ha en la zona norte (Castilla y León, País Vasco, Rioja y Navarra). Las siembras rondan las 27.525 has, no superándose el límite cuantitativo de superficie máxima establecido en 32.500 has en siembra primaveral. A diferencia con esta zona, en la zona sur (Andalucía y Extremadura), que tiene un presupuesto fijado en 2.366.000 €, sí se ha superado la superficie límite establecida en 7.600 has, computándose unas siembras totales de 8.361 has. Por tanto, será necesaria la aplicación del correspondiente coeficiente corrector para el cálculo del importe de la ayuda. Si se computa toda la superficie el importe medio rondará los 283 €/ha.

Para poder percibir esta ayuda, además de haberla solicitado en la PAC 2015, la remolacha sembrada debe ser de alguna de las variedades autorizadas, se debe disponer de contrato con la industria azucarera para su transformación en azúcar, y la dosis mínima de siembra debe ser de 1 unidad por hectárea (ud/ha) en siembra primaveral y en la otoñal de regadío, y de 0,9 ud/ha en siembra otoñal de secano.



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