El arrendamiento de derechos de la PAC sin tierra para 2024

Agronews Castilla y León

4 de febrero de 2024

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El arrendamiento de derechos de la PAC sin tierra para  2024, es el tema que analiza la abogada especialista en temas agrarios Celia Miravalles.

El arrendamiento de derechos de la PAC sin tierra para 2024

El arrendamiento de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad en el periodo 2024, sin tierra, lleva aparejado un 30% de peaje, se minorará por tanto un 30% del valor del derecho

La finalización del arrendamiento, con devolución de derechos a su propietario, no lleva peaje, por lo que la devolución no supone un nuevo peaje del 30% ni el propietario tiene que ser agricultor activo para recibir la devolución de derechos ni para volver a cederlos a un agricultor activo. Ahora bien, si quiere activar y cobrar los derechos el propietario si debe ser agricultor activo.

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¿Se puede prorrogar el arrendamiento de derechos sin tierra?

NO hay posibilidad de prórroga, la normativa no ampara la prórroga de derechos sin tierras en la PAC.

Por tanto una vez finalizado el plazo de duración del arrendamiento de derechos en agricultura se procede a una finalización automática y se devuelven los derechos al propietario.

¿Cuáles son las novedades para 2024?

El Real Decreto 1177/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifican diversos reales decretos dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común (PAC)

 

Las principales modificaciones son las siguientes:

Sobre las cesiones de derechos:

Uno.- En caso de arrendamientos de derechos sin tierras:

  • A) regula expresamente que no se permitirán las prórrogas de arrendamiento de derechos sin tierras
  • B) indica expresamente que la duración de nuevos arrendamientos sin tierras será de UN AÑO 

 

Dos.- En el caso de prórrogas de arrendamiento de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad con tierra (hectáreas admisibles), se presentará ante la autoridad competente una declaración responsable de continuación del arrendamiento de tierras, firmada tanto por el arrendador como por el arrendatario, a más tardar el último día de modificación de la solicitud única.

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