«¿Es legal que para los aprovechamientos agrícolas comunales se exija dedicarse a la agricultura y no cobrar pensión?»

Agronews Castilla y León

16 de junio de 2024

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«Mi aparcero me ha dado la mitad de la PAC menos este año, ¿puedo exigírselo?» Éste caso ha llegado, a través del correo campocopezamora@gmail.com, hasta el consultorio que la abogada de Agronews, Celia Miravalles, mantiene en el programa que COPE Zamora, de la mano de María José Salvador, dedicada cada día de la semana al sector agrario.

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Aquí tienes la respuesta en este pequeño audio y si te interesa más leerla, la tienes un poco más abajo:

 

«¿Es legal que para los aprovechamientos agrícolas comunales se exija dedicarse a la agricultura y no cobrar pensión?»

 

Pregunta:
En cuanto a los aprovechamientos agrícolas  de fincas rústicas comunales pertenecientes a la Junta Vecinal, ésta ha publicado una ordenanza con el siguiente requisito para dicho aprovechamiento:
«Dedicarse a la agricultura y ganadería, figurando de alta como agricultor en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el sistema especial de Trabajadores Agrarios por cuenta propia, y no percibir pensión de jubilación ni de invalidez permanente»

IMG 9101Mi padre está jubilado, pero sigue siendo agricultor activo, titular de una explotación y titular de la PAC. ¿Es legal el requisito que imponen? ¿Se puede reclamar?

Respuesta:  los bienes y fincas comunales son bienes del ayuntamiento o junta vecinal pero cuyo uso y aprovechamiento pertenece a todos los vecinos del pueblo, normalmente se exige estar empadronado y vivir habitualmente en el municipio), pero en principio no podrían establecerse otras limitaciones que sean discriminatorias a favor de unos pocos vecinos, hay alguna sentencia en este sentido. Habría que solicitar la anulación de la ordenanza si se está en plazo para ello,

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