El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) publicará mañana jueves, 12 de marzo, la Orden por las que se convocan las ayudas de la PAC correspondientes al año 2015 así como las medidas de agroambiente y clima, de agricultura, tradicionalmente conocidas como agroambientales
Los objetivos de la citada normativa serán los siguientes:
- Convocar, para el año 2015, el régimen de pago básico por explotación, en concreto:
- Convocar la solicitud de admisión al régimen
- Establecer el procedimiento para las comunicaciones relativas al cambio de titularidad de la explotación.
- Convocar la solicitud de derechos a la reserva nacional.
- Convocar la solicitud de pago anual de la ayuda correspondiente al régimen de pago básico.
- Convocar un pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, “pago verde”.
- Convocar un pago suplementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola,
- Convocar un régimen de ayuda asociada voluntaria a agricultores y ganaderos
- Establecer el régimen simplificado para los pequeños agricultores
- Convocar la ayuda nacional por superficie a los productores de frutos de cáscara
- Convocar para la campaña agrícola 2014/2015 o año 2015, las ayudas cofinanciadas por el Feader de actuaciones agroambientales incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León en el periodo de programación 2007-2013, así como las operaciones de agroambiente y clima incorporadas para el periodo de programación 2014-2020, para titulares de explotación con contrato en vigor.
- Convocar para la campaña agrícola 2014/2015 las ayudas cofinanciadas por el Feader de la actuación agroambiental de agricultura ecológica incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León en el periodo de programación 2007-2013, así como la medida de agricultura ecológica en el periodo de programación 2014-2020, para titulares de explotación con contrato en vigor.
- Convocar, para el año 2015, las ayudas cofinanciadas por el Feader destinadas a compensar las limitaciones naturales en zonas de montaña y en otras zonas con limitaciones específicas